Publicaciones Ministerio de Economía, Fomento y Turismo en el Diario Oficial

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Publicaciones realizadas por Ministerio de Economía, Fomento y Turismo en el Diario Oficial de Chile.

📅 17-06-2026

Ley número 21.815.- Reconoce y fortalece a las ferias libres como pilar de la alimentación y el desarrollo local, otorgando un marco jurídico integral para ellas

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📅 28-10-2025

Ley número 21.766.- Establece una excepción a la Ley General de Pesca y Acuicultura, en materia de remanente no consumido de cuotas anuales de captura durante el año 2024

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📅 29-09-2025

Ley número 21.770.- Establece una Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales e introduce modificaciones a los cuerpos legales que indica

RESUMEN

Resumen de la Ley N° 21.770 - Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales

El Diario Oficial de Chile publicó la Ley N° 21.770, que establece un marco general para la regulación de autorizaciones sectoriales. Esta ley busca estandarizar y coordinar las acciones de los órganos de la Administración del Estado en la habilitación de proyectos o actividades que están sujetas a limitaciones regulatorias.

Objetivos de la Ley:

  • Proporcionar certeza jurídica a titulares y ciudadanos.
  • Promover la productividad, crecimiento e inversión.
  • Modernizar y simplificar las autorizaciones.
  • Resguardar los derechos de los solicitantes mediante normas claras.

Principales Disposiciones:

  1. Artículo 1: La ley establece un marco para la actuación válida de los órganos estatales en la habilitación de proyectos, asegurando que la regulación sea no discriminatoria, necesaria, costo-efectiva y proporcional.
  2. Artículo 2: Se crea el "Sistema para la Regulación y Evaluación Sectorial" que incluye políticas, instituciones y normas para mejorar la tramitación de autorizaciones y fortalecer la gestión institucional.
  3. Artículo 3: La ley es aplicable a los órganos de la Administración del Estado con competencia en habilitación de proyectos, excluyendo a la Contraloría General, Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, Banco Central y empresas públicas.
  4. Artículo 4: Se excluyen del ámbito de esta ley las autorizaciones tramitadas íntegramente bajo el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, salvo en casos específicos definidos por la normativa.

Esta ley busca facilitar el desarrollo productivo sostenible, asegurar la transparencia y mejorar la calidad de la regulación sectorial en Chile.


📅 19-08-2025

Ley número 21.757.- Establece un mecanismo para aumentar la participación de mujeres en los directorios de las sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales

RESUMEN

Resumen de la Ley N° 21.757

La Ley N° 21.757 introduce modificaciones a la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, con el objetivo de aumentar la participación de mujeres en los directorios de sociedades anónimas abiertas y especiales.

Principales Modificaciones:

  • En las sociedades anónimas abiertas y especiales, se establece que las personas de un mismo sexo no podrán exceder el 60% del total de los miembros del directorio.
  • Se requiere que los estatutos de estas sociedades contemplen mecanismos para cumplir con esta proporción en la elección del directorio.
  • Las sociedades deben reportar a la Comisión la identificación y sexo de cada integrante del directorio, y si no cumplen con la proporción recomendada, deben informar las razones.
  • La Comisión publicará esta información en su sitio web institucional.

Artículo 31 bis:

  1. Cada cuatro años, la Comisión para el Mercado Financiero verificará si el 80% o más de las sociedades cumplen con el porcentaje máximo de representación de un mismo sexo.
  2. Verificará también que menos del 5% de las sociedades tengan directorios compuestos totalmente por personas de un mismo sexo.

Si se detecta incumplimiento:

  • El cumplimiento del porcentaje máximo será obligatorio y las elecciones de directorio deberán repetirse hasta cumplir con él.
  • Los directores suplentes deberán ser del mismo sexo que los titulares.
  • Las sociedades podrán mantener directores electos antes del cálculo, pero deberán ajustarse a las nuevas reglas en el futuro.

El cálculo de cumplimiento se realizará anualmente en julio, y la Comisión publicará los resultados y efectos de este cálculo en su sitio web.


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