Publicaciones Superintendencia de Electricidad y Combustibles en el Diario Oficial

MINISTERIO DE ENERGÍA

Publicaciones realizadas por Ministerio de Energía en el Diario Oficial de Chile.

📅 12-08-2026

Oficio Circular número 341.794, de 2026.- Precisa la aplicación de los artículos 66 y 67 del decreto 160 de 2008, respecto de tanques metálicos de superfice de doble pared con sistema de detección de fugas intersticial

Ver PDF
📅 24-07-2026

Resolución exenta número 39.596, de 2026.- Modifica delegación de facultades en funcionario que indica

Ver PDF
📅 04-07-2026

Resolución exenta número 44, de 2026.- Establece producto eléctrico que debe contar con un certificado de aprobación para su comercialización en el país

RESUMEN

Resolución del Ministerio de Energía sobre Certificación de Productos Eléctricos

Fecha: 24 de junio de 2026

Resumen: Esta resolución establece que ciertos productos eléctricos deben contar con un certificado de aprobación para su comercialización en Chile. Esto se realiza bajo la supervisión de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Considerandos:

  • El Ministerio de Energía tiene la función de establecer qué productos eléctricos deben ser certificados antes de su venta, según el decreto ley Nº 2.244 y la ley Nº 18.410.
  • El decreto Nº 298 de 2005 exige que todos los productos eléctricos, independientemente de su origen, sean certificados conforme a los protocolos de la Superintendencia.
  • Es necesario realizar pruebas a ciertos productos para obtener el certificado de aprobación previo a su comercialización.

Resolución:

  • Para la comercialización de estaciones de energía portátil con baterías, se requiere un certificado de aprobación en el área de seguridad eléctrica.

Disposiciones Adicionales:

  • La resolución será anotada, publicada, archivada y notificada a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Firmado por: Ximena Rincón González, Ministra de Energía.

Transcripción para conocimiento: Andrea Verónica Soto Araya, Jefa División Jurídica, Subsecretaría de Energía.


📅 03-07-2026

Oficio Circular número 338868, de 2026.- Instruye a Electrolux de Chile S.A. y a sus comercializadores retirar del comercio el producto Estufa a gas, marca Mademsa, modelos HG15G, HG15B, HH15B y HG05B, que se encuentran bajo los Sellos SEC (QR) N°s. 579217, 579207 y 580874, respectivamente, y abstenerse transitoriamente de comercializar los mismos

Ver PDF
📅 23-06-2026

Oficio Circular número 336912, de 2026.- Instruye a la empresa fabricante y a sus comercializadores retirar del comercio las Estufas a Pellets de Madera marca Flameco, modelos Mini-Eco y Mini-Eco Full, Sellos SEC (QRs) Nº 569677 y Nº 588440 y abstenerse transitoriamente de comercializar los mismos

Ver PDF
📅 23-06-2026

Oficio Circular número 336141, de 2026.- Prohíbe transitoriamente la comercialización de los productos Hervidores eléctricos, marca RECCO, modelos RHE-802C, RHE-172P y RHE-25GRAND

Ver PDF
📅 10-06-2026

Oficio Circular número 335036, de 2026.- Prohíbe transitoriamente la comercialización del producto Tuberías y accesorios no metálicos rígidos para instalaciones eléctricas, marca ALFAPLAS, Modelos/Diámetro 25mm, Sello SEC (QR) N° 9900000004181

RESUMEN

Resumen del Documento del Diario Oficial de Chile

El documento emitido por el Ministerio de Energía, a través de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), aborda la prohibición transitoria de la comercialización de ciertos productos de la marca Alfaplas. A continuación, se detallan los puntos principales:

  • Producto afectado: Tuberías y accesorios no metálicos rígidos para instalaciones eléctricas, marca Alfaplas, modelo/diámetro 25mm.
  • Razón de la prohibición: Los productos no cumplen con los requisitos de seguridad especificados en la Cláusula 10.2 "Ensayo de compresión" del protocolo de seguridad PE N°3/05:2017, conforme a las normas IEC 61386-21:2002 y IEC 61386-1:2008.
  • Resultados de los ensayos: El modelo de 25mm no cumplió con los estándares de seguridad en múltiples pruebas, mientras que el modelo de 32mm sí lo hizo.
  • Medidas adoptadas:
    1. Prohibición transitoria de la comercialización de los modelos/diámetros afectados, incluyendo 16mm, 20mm, 25mm, 32mm, 40mm, 50mm, 63mm, 75mm, 90mm, 110mm, 140mm, 160mm.
    2. Retiro del mercado de los productos no conformes.
  • Certificación: El Certificado de Aprobación N° E-021-01-92774 y el Sello SEC (QR) N° 9900000004181 quedan sin efecto para nuevas partidas de los modelos mencionados.
  • Requisitos futuros: Nuevas partidas deben ser certificadas nuevamente para obtener un nuevo Sello SEC (QR) que permita su comercialización.
  • Sanciones: La SEC podrá aplicar sanciones en caso de incumplimiento de estas disposiciones, según lo establecido en la ley N° 18.410.
  • Información al Sernac: Se informa al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) sobre esta situación.

Estas medidas buscan garantizar la seguridad del público al asegurar que solo se comercialicen productos que cumplan con los estándares de seguridad requeridos.


📅 21-04-2026

Oficio Circular número 326617, de 2026.- Prohíbe transitoriamente la comercialización del producto Regulador de presión, marca Mademsa, modelo TYQ-TS01B, fechas de fabricación 23/12 y 24/11, Sello SEC (QR) Nº 449511

Ver PDF
📅 21-04-2026

Resolución exenta número 38.430, de 2026.- Reemplaza resolución N° 36.124 exenta, de 2025, y establece sistema de cuentas, forma y medios de presentación para la entrega de indicadores establecidos mediante resolución N° 16.380 exenta, de 2023, que aprueba anexo técnico del pliego RPTD N° 17

Ver PDF
📅 17-04-2026

Oficio número 323543, de 2026.- Prohíbe transitoriamente la comercialización de los productos fuentes de energía externa para computadores, cargadores de tablet y cargadores de celulares (Fuentes Conmutadas), marca Dairu, modelos DR-CUSBAx2-12W (QR 561655) y DR-CUSBAC-25W (QR 561660)

Ver PDF
📅 05-03-2026

Resolución exenta número 37.705, de 2026.- Aprueba y/o modifica Protocolos de Análisis y/o Ensayos de Seguridad y Eficiencia de Productos Eléctricos y Combustibles año 2025

RESUMEN

Resolución Núm. 37.705 Exenta

El Ministerio de Energía de Chile, a través de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, ha emitido la resolución exenta Núm. 37.705, fechada el 17 de febrero de 2026, que establece los protocolos de análisis y/o ensayos de seguridad y eficiencia para productos eléctricos y combustibles correspondientes al año 2025.

Consideraciones:

  • La Superintendencia tiene la facultad de establecer pruebas y ensayos para certificar productos eléctricos, de gas y combustibles líquidos, asegurando que cumplan con las especificaciones de seguridad y eficiencia energética.
  • Los protocolos de ensayos fueron sometidos a consulta pública nacional e internacional, con participación de importadores, organismos de certificación y laboratorios de ensayo.

Resoluciones y Protocolos Aprobados/Modificados:

  1. RE_N° 30481 - Modifica protocolo para la certificación en seguridad de reguladores de combustibles.
    Fecha de Aplicación: 30.11.2025
  2. RE_N° 36316 - Modifica protocolo para la certificación en seguridad de planchas eléctricas.
    Fecha de Aplicación: 30.06.2027
  3. RE_N° 36359 - Modifica protocolo para la certificación en seguridad de televisores eléctricos.
    Fecha de Aplicación: 30.09.2026
  4. RE_N° 36585 - Modifica protocolo para la certificación en seguridad de lavavajillas eléctricos.
    Fecha de Aplicación: 30.03.2027
  5. RE_N° 36161 - Aprueba protocolo para la certificación en seguridad de bombas filtro para piscina.
    Fecha de Aplicación: 03.11.2026 (Fabricantes nacionales e importadores), 01.06.2027 (Comercializadores)
  6. RE_N° 36285 - Modifica protocolo para la certificación en seguridad de martillos.
    Fecha de Aplicación: 29.10.2027
  7. RE_N° 36286 - Modifica protocolo para la certificación en seguridad de destornilladores - llaves de impacto.
    Fecha de Aplicación: 30.04.2027
  8. RE_N° 36335 - Modifica protocolo para la certificación en seguridad de lijadoras y pulidoras.
    Fecha de Aplicación: 30.07.2027
  9. RE_N° 36693 - Modifica protocolo para la certificación en seguridad de válvulas de exceso de flujo para gas natural.
    Fecha de Aplicación: 04.12.2026
  10. RE_N° 36694 - Modifica protocolo para la certificación en seguridad de cartuchos metálicos para GLP.
    Fecha de Aplicación: 04.12.2026
  11. RE_N° 36695 - Aprueba protocolo para la certificación en seguridad de cartuchos de gas licuado de petróleo.
    Fecha de Aplicación: 04.12.2026
  12. RE_N° 36697 - Modifica protocolo para la certificación en seguridad de estufas para gases licuados de petróleo.
    Fecha de Aplicación: 04.06.2027
  13. RE_N° 36439 - Aprueba protocolo para la certificación en seguridad de productos de combustibles.
    Fecha de Aplicación: 02.01.2027
  14. RE_N° 36787 - Aprueba protocolo para la certificación en seguridad de bombas de

📅 26-02-2026

Resolución exenta número 37.486, de 2026.- Establece procedimiento para el monitoreo de la calidad del gas licuado de petróleo e instruye requisitos en materias relativas al contenido neto e inspección periódica de cilindros portátiles de GLP

Ver PDF
📅 20-02-2026

Resolución exenta número 36.971, de 2025.- Incorpora plataforma digital para trámites sobre autorización de comercialización, reconocimiento de certificados extranjeros y autorización para el ingreso de ascensores

Ver PDF
📅 20-02-2026

Resolución exenta número 36.892, de 2025.- Aprueba procedimiento de autorización de proyectos especiales de hidrógeno, establece plataforma electrónica para su tramitación y dispone la validez de las notificaciones electrónicas emitidas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Ver PDF
📅 06-02-2026

Oficio Circular número 314490, de 2026.- Prohíbe transitoriamente la comercialización del producto denominado Calefón, marca Midea, en los modelos que indica

Ver PDF
📅 03-02-2026

Resolución exenta número 36.921, de 2025.- Establece procedimiento y requisitos para la verificación de la exactitud del volumen abastecido en instalaciones de expendio de combustibles líquidos al público

Ver PDF
📅 28-01-2026

Oficio Circular número 313.873, de 2026.- Prohíbe transitoriamente la comercialización del producto cargador de ceular, marca MLAB, modelo 9272, sello SEC QR número 488000

Ver PDF
📅 22-01-2026

Oficio Circular número 307621, de 2025.- Prohíbe transitoriamente la comercialización del producto Turbocalefactor

Ver PDF
📅 22-01-2026

Resolución exenta número 37.130, de 2026.- Establece formato para informar anualmente a esta superintendencia las actividades relevantes realizadas para garantizar la seguridad de los oleoductos y las tuberías submarinas

Ver PDF
📅 31-12-2025

Resolución exenta número 36.523, de 2025.- Establece procedimiento para declarar plantas de gas por medio electrónico mediante Trámite TC 13, que se indica

RESUMEN

Resumen del documento legal del Diario Oficial de Chile:

Ministerio: Ministerio de Energía

Organismo: Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)

Resolución: Núm. 36.523 exenta

Fecha: 3 de diciembre de 2025

Objetivo: Establecer un procedimiento electrónico para declarar Plantas de Gas mediante el Trámite TC 13.

Consideraciones:

  • La SEC tiene el deber de fiscalizar el cumplimiento de normas sobre combustibles y electricidad.
  • Existe un registro obligatorio para instalaciones relacionadas con combustibles, gestionado por la SEC.
  • El Gobierno promueve la modernización a través del Sistema de Gobierno Electrónico.

Implementación:

  • Se habilitará el sistema e-Declarador para la inscripción de Plantas de Gas.
  • El trámite TC-13 permitirá declarar nuevas plantas o modificaciones para GLP, GNL y biogás.

Requisitos para el Trámite TC-13:

  1. Adjuntar documentos en formatos "*.jpg", "*.png" o "*.pdf".
  2. Declaraciones deben cumplir con decretos supremos del Ministerio de Energía.
  3. Declaradores deben estar inscritos y contar con licencia de instalador de gas.

Licencias de Instalador de Gas:

  • Clase 1: Para Plantas de Gas Licuado de Petróleo y Gas Natural Licuado.
  • Clase 4: Para Plantas de Biogás.

Documentos requeridos:

  • Constitución legal de la empresa: Escritura pública que detalla la estructura societaria.
  • Personería del representante legal: Certificado que autoriza al representante.
  • Certificado de vigencia de sociedad: Acredita que la sociedad está vigente.
  • Contrato de arrendamiento o comodato: Entre propietario y operador, si aplica.
  • Planos de la instalación: Incluyen distancias de seguridad y detalles técnicos.

📅 04-12-2025

Resolución exenta número 35.690, de 2025.- Modifica resolución N° 11.980 exenta de 2022, que establece procedimiento para realizar por medios electrónicos los trámites que indica

Ver PDF
📅 11-11-2025

Resolución exenta número 35.772, de 2025.- Establece plazos para realizar declaración de cumplimiento respecto a la mantención del Sistema de Gestión de Energía de los Consumidores con capacidad de gestión de energía en el marco de la ley Nº 21.305

RESUMEN

Resolución Núm. 35.772 exenta

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles ha emitido una resolución que establece plazos y procedimientos para la declaración de cumplimiento en relación con la mantención de los Sistemas de Gestión de Energía (SGE) de los Consumidores con Capacidad de Gestión de Energía (CCGE), en el marco de la Ley Nº 21.305.

Consideraciones:
  • Los CCGE tienen un plazo de 12 meses desde la publicación de la resolución para implementar uno o más SGE.
  • Mientras una empresa sea considerada como CCGE, debe mantener vigente su SGE. Si deja de ser CCGE, debe mantener el SGE por un año adicional.
  • Los CCGE con SGE certificados deben enviar cada tres años una copia del certificado vigente al Ministerio y la Superintendencia, además de un informe anual de auditoría de seguimiento.
  • Los CCGE con SGE no certificados deben realizar una Auditoría de Comprobación cada tres años, y enviar el informe resultante a la Superintendencia dentro de 40 días.
  • Se ha dispuesto una plataforma en línea para la recepción de estos documentos, accesible con Clave Única.
Resolución:
  1. Se establece un periodo único anual, del primer al último día hábil de agosto, para que los CCGE presenten los informes de auditoría o certificados vigentes a la Superintendencia.
  2. Los CCGE que deban realizar por primera vez la declaración de cumplimiento deben seguir los plazos del artículo 10º del Reglamento.
  3. Los documentos deben ser gestionados por Gestores Energéticos autorizados y cargados en la Plataforma de Declaraciones de Sistemas de Gestión de Energía.

Superintendenta de Electricidad y Combustibles: Marta Cabeza Vargas


📅 08-09-2025

Oficio Circular número 295556, de 2025.- Instruye transitoriamente la no comercialización de los productos Calefactores de patio que utilizan GLP que se indican

Ver PDF
📅 03-09-2025

Resolución exenta número 34.031, de 2025.- Establece procedimiento para realizar por medio electrónico trámite que indica

Ver PDF
📅 30-07-2025

Resolución exenta número 32.990, de 2025.- Modifica resolución N° 26.963 exenta, de 2024, que establece requisitos y procedimiento para ser autorizado y registrado en SEC como Auditor Técnico y responsable a cargo de equipo de Auditoría, por motivos que indica

Ver PDF
📅 17-07-2025

Oficio Circular número 288975, de 2025.- Instruye abstención transitoria de comercialización de productos Calefactores de patio que utilizan GLP que se indican

Ver PDF
📅 27-05-2025

Resolución exenta número 32.103, de 2025.- Modifica procedimiento de equivalencia de carreras de ingeniería relacionadas con el área de la electricidad

Ver PDF
📅 27-05-2025

Resolución exenta número 32.101, de 2025.- Establece medida de registro para los organismos de certificación como requisito para emitir certificado de cumplimiento normativo en el marco de la ley N° 21.305

RESUMEN

Resolución Núm. 32.101 exenta - Santiago, 9 de mayo de 2025

Ministerio de Energía
Superintendencia de Electricidad y Combustibles

La resolución establece medidas para el registro de organismos de certificación como requisito para emitir certificados de cumplimiento normativo en el marco de la Ley N° 21.305 sobre Eficiencia Energética.

Consideraciones:

  • La Ley N° 18.410 otorga facultades para emitir instrucciones generales a los fiscalizados por la Superintendencia.
  • El Decreto N° 28 de la Ley N° 21.305 establece que los certificados deben ser emitidos por organismos acreditados por el Instituto Nacional de Normalización (INN) o equivalentes internacionales.
  • Es necesario incorporar a los organismos de certificación en un registro para verificar su facultad de emitir certificaciones correctas.

Resoluciones:

  1. Se establece un Registro Nacional de Organismos de Certificación como requisito previo para operar bajo la Ley N° 21.305.
  2. Todos los organismos de certificación deben inscribirse en el registro mencionado.
  3. Se establece el Anexo A como procedimiento para la inscripción en el registro.
  4. Organismos que han certificado Sistemas de Gestión de Energía deben enviar información en PDF a eficienciaenergetica@sec.cl antes del 30 de mayo de 2025.
  5. Organismos que inicien operaciones después de esta resolución deben enviar la información requerida antes de emitir certificados de cumplimiento.
  6. La resolución entra en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial y estará disponible en el sitio web de la Superintendencia.

Superintendenta: Marta Cabeza Vargas

Anexo A: Solicitud de Registro de Organismo de Certificación Ley 21.305
*Adjuntar copia de certificado de acreditación.


📅 27-05-2025

Resolución exenta número 32.100, de 2025.- Modifica delegación de facultades en funcionario que indica

Ver PDF
📅 12-04-2025

Circular número 275.567, de 2025.- Prohíbe transitoriamente la comercialización del producto Regulador de presión, marcas Splendid / Rheem, modelo A235, fechas de fabricación 07/23 en adelante, Sello SEC (QR) Nº 471523

RESUMEN

Resumen del documento legal:

El Ministerio de Energía, a través de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), ha emitido una circular que prohíbe temporalmente la comercialización de un producto específico debido a problemas de seguridad.

  • Producto afectado: Regulador de presión, marcas Splendid / Rheem, modelo A235, con fechas de fabricación desde 07/23 en adelante, bajo el Sello SEC (QR) Nº 471523.
  • Motivo de la prohibición:
    1. Denuncia de un usuario sobre fallos en el producto.
    2. Resultados de pruebas de laboratorio que evidenciaron incumplimientos en las medidas de seguridad establecidas por la norma NCh 1902.Of2010.
  • Acciones tomadas:
    1. Retiro del mercado de las unidades afectadas.
    2. Prohibición de comercialización de lotes futuros sin nueva certificación.
  • Consecuencias del incumplimiento: Aplicación de sanciones legales según el artículo 15º de la ley Nº 18.410.
  • Notificación a Sernac: Para que adopte medidas preventivas o correctivas con el importador y comercializadores.

Responsable de la notificación: Marta Cabeza Vargas, Superintendenta de Electricidad y Combustibles.


← Volver a ministerios