Resolución del Ministerio de Obras Públicas sobre la Gestión de Aguas en la Región de Coquimbo
El Ministerio de Obras Públicas, a través de la Dirección General de Aguas, ha emitido la Resolución Núm. 817 exenta, fechada el 19 de mayo de 2026, que establece medidas para la gestión de aguas en la Región de Coquimbo durante la temporada de lluvias.
Antecedentes Legales y Técnicos:
- Basado en varios artículos del Código de Aguas y la Ley N° 20.304 sobre la operación de embalses frente a alertas y emergencias de crecidas.
- Considera el Informe Técnico N° 3 sobre el efecto de eventos de El Niño en los caudales invernales en Chile (2005-2025).
Consideraciones Clave:
- La Dirección General de Aguas tiene la autoridad para vigilar las obras en cauces naturales y ordenar el cierre de bocatomas en caso de riesgo de inundaciones.
- Se pueden exigir obras para proteger caminos, poblaciones y terrenos de interés general de desbordamientos.
- El incumplimiento de estas medidas puede resultar en multas, determinadas por el Juez de Policía Local a solicitud de autoridades o particulares.
- La Dirección General de Aguas inspeccionará las obras mayores, como embalses y canales, y ordenará reparaciones si es necesario.
Definiciones Importantes:
- Crecida: Aumento significativo de caudales que puede causar desbordes.
- Emergencia: Alteración grave de condiciones de vida por fenómenos naturales o humanos.
- Estado de alerta de crecidas: Medidas de vigilancia para prevenir y controlar impactos de emergencias.
Medidas Preventivas:
- Adoptar medidas de prevención debido a las condiciones meteorológicas pronosticadas para 2026, anticipando un año especialmente lluvioso.
- Estas medidas buscan evitar perjuicios en obras de defensa y proteger la vida y bienes de terceros.