Publicaciones Ministerio de Salud en el Diario Oficial

MINISTERIO DE SALUD

Publicaciones realizadas por Ministerio de Salud en el Diario Oficial de Chile.

📅 25-11-2025

Ley número 21.778.- Estimula la actividad física y el deporte en los establecimientos educacionales

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📅 21-11-2025

Ley número 21.784.- Modifica la denominación del Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota

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📅 24-05-2025

Ley número 21.746.- Modifica la ley Nº 20.585, sobre otorgamiento y uso de licencias médicas, con el objeto de fortalecer las facultades de los organismos reguladores y fiscalizadores y establecer las sanciones administrativas y penales que indica

RESUMEN

Resumen de la Ley N° 21.746

La Ley N° 21.746 modifica la Ley N° 20.585 sobre el otorgamiento y uso de licencias médicas, con el objetivo de fortalecer las facultades de los organismos reguladores y fiscalizadores, y establecer sanciones administrativas y penales.

Principales Modificaciones:

  • Emisión de Licencias Médicas: Solo podrán emitir licencias médicas los médicos cirujanos, cirujano dentistas o matronas debidamente inscritos y habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud. Además, los médicos cirujanos titulados o revalidados desde el 19 de abril de 2009 deben haber aprobado un examen nacional de medicina.

Licencia Médica Electrónica:

  • Se materializará en un formulario especial electrónico, salvo en casos excepcionales donde se podrá emitir en papel.
  • Debe cumplir con la normativa del Ministerio de Salud y se gestionará a través de un sistema de información operado por entidades públicas o privadas.
  • La Superintendencia de Seguridad Social fiscalizará el sistema de información y las entidades participantes.

Condiciones para Telemedicina:

  • Los profesionales deben estar habilitados para realizar atenciones de salud a distancia y utilizar plataformas tecnológicas conforme a la ley.

Facultades de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez:

  • Pueden solicitar antecedentes o informes complementarios a los profesionales dentro de un plazo de diez días hábiles.
  • En caso de incumplimiento, pueden aplicar multas y suspensiones de hasta 30 días hábiles.
  • Considerarán el grado de incumplimiento, conductas anteriores y otros criterios relevantes para determinar sanciones.

📅 08-05-2025

Ley número 21.743.- Crea ley de enfermedades poco frecuentes, raras o huérfanas

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📅 11-04-2025

Ley número 21.736.- Crea el Sistema de Acceso Priorizado del Fondo Nacional de Salud y modifica el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud

RESUMEN

Resumen del Diario Oficial de la República de Chile

Ministerio de Salud - Ley N° 21.736

El documento detalla la creación del Sistema de Acceso Priorizado del Fondo Nacional de Salud, mediante la modificación del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2005. Esta ley tiene como objetivo gestionar eficientemente los tiempos de espera en el ámbito sanitario.

  • Artículo 140 bis: Establece el Sistema de Acceso Priorizado para otorgar acceso y protección financiera a intervenciones sanitarias priorizadas anualmente por el Ministerio de Salud. Este sistema incluye contratos con prestadores de salud ajenos al Sistema Nacional de Servicios de Salud.
  • Artículo 140 ter: Cada año, un decreto del Ministerio de Salud determinará las intervenciones sanitarias priorizadas, basándose en un estudio que incluye:
    1. Propuestas de prioridad de las subsecretarías de Salud Pública y Redes Asistenciales.
    2. Análisis de la capacidad resolutiva y tiempos de espera del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
    3. Oferta disponible de prestadores no pertenecientes al sistema nacional.
    4. Estimación de costos y presupuesto anual del Fondo Nacional de Salud.

El estudio y sus fundamentos se publicarán en el sitio web del Ministerio de Salud y se remitirán a las comisiones de Salud del Congreso. No se incluirán intervenciones ya garantizadas por otras leyes. La vigencia de las intervenciones priorizadas será anual, y el presupuesto se distribuirá equitativamente, con posibilidad de redistribución para evitar subejecuciones.


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